Seguro de secuestro, rescate y extorsión y solución de crisis
Una Guía de Seguro Para ONGs que Operan en Entornos Violentos
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Como indica el cuadro, la segunda póliza, que es más reciente, cubre más sucesos que la primera. Por esta razón, la mayoría de organizaciones opta actualmente por la póliza de solución de crisis.
Estas pólizas ofrecen mucho más que solo el reembolso de un pago de rescate ya asegurado. Es fundamental entender qué ofrecen exactamente, y en qué situaciones se ofrecen, para así emplearlas adecuadamente. Pueden adquirirse sin el pago del rescate. No obstante, para algunas organizaciones este sí es un requisito, pues algunos donantes no incluyen esta cantidad dentro de su financiación. Vale la pena adquirir las pólizas aún sin el pago del rescate en el caso de que su personal esté expuesto a los distintos riesgos: detenciones, extorsiones, etc. Las pólizas robustas normalmente cubren (limitadamente): viaje, acomodación, comunicación, cuidado infantil, descanso y rehabilitación, servicios médicos, seguridad aumentada, obligaciones legales, intérpretes, beneficios en caso de muerte accidental o de discapacidad, salarios y formación laboral para las personas afectadas. En resumen, pueden aumentar considerablemente las capacidades de una organización para gestionar una crisis.
Los aseguradores profesionales ofrecen los mismos servicios de la misma forma. Sin embargo, algunos son expertos en sectores específicos; otros ofrecen coberturas ligeramente distintas, pero potencialmente importantes. Por ejemplo, la posibilidad de desplegar simultáneamente a dos aseguradores para los equipos suyos (nacional e internacional) de resolución de crisis. Por esta razón, las organizaciones deben ponderar por el tiempo que sea necesario tanto los servicios ofrecidos por el asegurador como la experiencia que él/ella tenga.
Aunque en teoría se apliquen globalmente, muchas pólizas están sujetas a la jurisdicción (o el lugar) en que fueron concedidas. Las leyes de ese lugar aplicarán a la póliza. Esto es relevante especialmente para el pago de un rescate, pues cada gobierno tiene su posición con respecto a esto. Por ejemplo, la política tradicional del gobierno británico no realiza concesiones sustanciales a los secuestradores. En adición, el pago de un rescate de un terrorista es ilegal en el Reino Unido de acuerdo con la Ley de 2000 sobre el terrorismo. Esta ley tiene “efecto extraterritorial”, es decir, que se aplica para cualquier lugar en el que el rescate haya sido financiado. La política del gobierno estadounidense es similar. Tampoco permite el pago de un rescate ni realiza concesiones sustanciales. También prohíbe el pago de rescate para organizaciones terroristas extranjeras (FTOs). No obstante, se modificó la política en agosto de 2015. El cambio permite a las familias (no a los patrones) de los ciudadanos de los Estados Unidos pagar un rescate. Parece una modificación irrelevante, pero lo cierto es que puede tener implicaciones considerables. Por eso, las organizaciones deben acudir a sus aseguradores en el sector de resolución de crisis, para que, de esta forma, tengan una imagen panorámica de los requisitos legales que aplican según: la jurisdicción de la póliza, la nacionalidad de cualquier individuo afectado y según las leyes del país anfitrión.
Probablemente, lo más útil de estas pólizas es que incluyen el acceso a consultores. Muchos de los aseguradores que ofrecen la póliza tienen un acuerdo exclusivo (a veces hasta opaco) con una consultoría que ofrece el pago de un rescate con la póliza. Por ejemplo, actualmente Hiscox utiliza Control Risks, AIG emplea Neil Young Associates y XL Catlin utiliza Terra Firma. Los consultores pertenecen a compañías de seguridad privada que se especializan en esta área. Estas compañías usualmente cuentan con: mucha capacidad, un gran historial de casos, acceso a la estadística con respecto al perpetrador y un equipo de consultores que pueden aconsejarlo a usted durante la crisis. Por ello, es crucial que la póliza brinde una cobertura financiera ilimitada para estos consultores y los gastos que ellos generen.
Se cree que una organización que enfrenta un secuestro u otros conflictos puede acudir a sus aseguradores para que envíen a un consultor para que este gestione la crisis. Pero esto no es así (en el Reino Unido, al menos). Los consultores lo aconsejarán a usted y a su(s) equipo(s) de gestión de crisis. Les brindará estrategias, opciones y escenarios. Pero seguirá siendo responsabilidad del asegurado tomar decisiones y contactar con los secuestradores.
La indemnización es una compensación por los daños o las pérdidas. Por ende, la póliza cubrirá únicamente las pérdidas sufridas. Si la póliza que usted adquirió cumple con todos los requisitos legales y con las políticas, sus aseguradores le reembolsarán los montos (usualmente rápido). Sin embargo, esto significa que, si usted quisiera pagar un rescate, debe contar con el dinero para hacerlo. A nivel práctico, puede intentar negociar con sus aseguradores. No obstante, no se garantiza que vayan a brindarle la financiación para el rescate inicialmente.
Es un requisito de estas pólizas el que las organizaciones tomen todas las medidas necesarias para restringir el conocimiento de la existencia de la misma. Esto es para que la cantidad del pago de un rescate sea más baja. Además, las negociaciones serán más sencillas y más rápidas si los secuestradores no saben sobre la existencia de los consultores o el elemento del rescate en la póliza.
Es crucial que conozca a sus consultores cuando tenga su póliza definida. Puede solicitar una sesión informativa que le ayude a entender cómo relacionarse con ellos durante un incidente y cómo los servicios que ofrecen pueden adecuarse a los procesos de gestión de crisis de su organización. Cuando haya comprendido esto, anótelo en su plan sobre la gestión de una crisis o en su protocolo de abducción.
Una póliza contra rescate, secuestro y extorsión o de solución de crisis adecuada incluirá servicios para antes del incidente. A veces llamados “subvenciones kitties”, son servicios que permiten a su organización invertir una cantidad determinada (usualmente el 10% de la cuota de la póliza) en capacitaciones para la gestión de crisis. Aunque los aseguradores lo alentarán a acudir a sus consultores, usted puede consultar a sus aseguradores. Ellos pueden decidir si autorizar a su organización la inversión en otros proveedores de gestión de seguridad contra riesgos (que quizá tengan más experiencia en un sector determinado).
Es un requisito de muchas pólizas el que usted informe a los aseguradores y a los consultores sobre un incidente lo más pronto que le sea posible. No hacerlo puede causar que su organización no sea cubierta por esta póliza.
Las organizaciones deben asegurarse de que la presentación del riego sea objetiva y de que cuenten con una cobertura adecuada. Deben estar informadas sobre los países o lugares sancionados según lo comentado en relación con los viajes y accidentes personales (Véase la sección previa).
Tipo
Intención
Sucesos que normalmente cubre
Contra secuestro, rescate y extorsión
Son pólizas de seguro que procuran una indemnización. Es decir, buscan compensar los daños sufridos.
Secuestros, extorsiones, detenciones injustificadas y piratería.
Solución de crisis
También son pólizas que procuran una indemnización. La diferencia es que cubren más sucesos.
Secuestros, secuestros rápidos, extorsiones, detenciones injustificadas, toma de rehenes, piratería, desapariciones y amenazas.